LLAMAMIENTO AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN EUROPEA |
| Como seguramente
sabrá usted ya, tras la condena de Bélgica, la Comisión Europea abrió a
fecha de 16 de enero un procedimiento de infracción contra Italia,
Francia, España, Portugal, Luxemburgo e Irlanda con el objetivo de que
sean modificadas las legislaciones de dichos países que contemplan la
gratuidad del préstamo público efectuado en bibliotecas y otros entes
públicos. Asimismo sabrá usted que en España e Italia se ha iniciado ya
la movilización en defensa de mantener la exención de cualquier tipo de
"tasación" sobre el préstamo bibliotecario. Desconocemos a
qué idea de Europa corresponde la intención de introducir el pago de
una tarifa por el servicio de préstamo; ciertamente, no a una idea de
una Europa de la libertad y de la promoción de la cultura. Las
bibliotecas públicas, así como aquéllas que pertenecen a instituciones
de interés colectivo de carácter cultural, científico o educativo,
velan por el acceso libre e ilimitado de los ciudadanos al estudio, a
la cultura y a la información; desempeñan una función importante en el
desarrollo y mantenimiento de una sociedad democrática, facilitando el
acceso de todos los ciudadanos, incluso de aquéllos con recursos más
escasos, a una inmensa gama de pensamientos, ideas y opiniones
(Directiva IFLA/UNESCO para el desarrollo de los servicios de las
bibliotecas públicas; 2001); ayudan a adquirir y mejorar los hábitos de
lectura, sobre todo en la población infantil y juvenil; garantizan la
difusión, conservación y accesibilidad de obras de todo tipo, superando
los intereses comerciales, los límites de la capacidad de distribución
de las obras y las imposiciones del mercado; realizan sus actividades
sin ánimo de lucro, sin fines comerciales ni económicos, persiguiendo
como único beneficio el desarrollo cultural, educativo y humano de
quienes hacen uso de dichos servicios, de manera que funcionan en pos
de la mejora del nivel educativo de la sociedad. Por
todos estos motivos nos parece que la intención de la Comisión de
iniciar un procedimiento de infracción para imponer el pago por
préstamo corre el riesgo de constituir un ataque a los derechos de la
ciudadanía y de privar de espacio civil a quien goza de menos derechos
y se halla excluido, de las maneras más diversas, del acceso a la
cultura y a la información. Obligar a las
bibliotecas a reservar parte de su presupuesto al pago de los "derechos
de préstamo" significa reducir los fondos, que ya en muchos casos
resultan insuficientes, para la adquisición de libros o para la
organización de otros servicios importantes que se ofrecen al
ciudadano. En Italia, además, la introducción de la tarifación de los
préstamos agravaría seguramente la situación actual, en que es sólo una
minoría de la población la que, desafortunadamente, posee libros y lee
de manera habitual. Señor Presidente: Nos dirigimos
a usted para que la Comisión no adopte una visión obtusamente
burocrática y para que intente asegurar el justo equilibrio entre los
intereses de los autores, editores, y de la sociedad en general. Nos
dirigimos a usted para que la Comisión no imponga a los países miembros
de la Unión el pago del préstamo efectuado en las bibliotecas e
instituciones públicas y de investigación, sino que mantenga y promueva
lo establecido en el artículo 5 de la Directiva 92/100/CEE sobre el
préstamo, dejando así intacta la capacidad que todo Estado miembro
posee de eximir determinadas instituciones del pago de dicha
remuneración. Por todos los motivos expuestos
anteriormente, manifestamos nuestra opinión CONTRARIA a la posibilidad
de que el préstamo público realizado por bibliotecas y otras
instituciones de investigación, que actualmente goza de las exenciones
contempladas por la ley de derechos de autor, pueda ser sujeto al pago
de una remuneración y le solicitamos que actúe, en el seno de la
Comisión Europea, en esta dirección. Elaborato da Bibl'aria (Italia) su un draft
interno del 13/02/2004 e revisionato durante i lavori del Convegno di
Cologno Monzese del 21/02/2004 insieme ad altri professionisti del
settore e con la consulenza giuridica del Dott. Marco Marandola,
esperto sul diritto d'autore accreditato presso le associazioni
bibliotecarie europee. |